STSJ País Vasco , January 14, 2003

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La modalidad contractual que recoge el artículo 15.1.a) ET, que, a la fecha de la contratación del actor se regulaba por el Real Decreto 2720/1998, de 18 de Diciembre, exige que la obra o el servicio a realizar tenga sustantividad propia dentro de la actividad normal de la empresa y que venga suficientemente identificada en el contrato.

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STSJ País Vasco , January 14, 2003

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