STS 869/1997, 10 de Octubre de 1997

Enlazado como:


Frases clave


Este razonamiento conduce necesariamente a declarar, que los daños y perjuicios solicitados y limitadamente concedidos, están sobradamente cubiertos con notorio exceso, aplicando los 7.433.454 de pesetas, que el banco holandés recurrido envió a la entidad demandante, además del precio de la mercancía, y que, por tanto, no existe legalmente deuda alguna pendiente de satisfacer en la actualidad.

Extracto


STS 869/1997, 10 de Octubre de 1997

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento