REAL DECRETO 1952/1995, de 1 de Diciembre, por el que se determinan las autoridades competentes en materia de Transporte de Mercancias peligrosas y Se regula la Comision de Coordinacion de Dicho transporte.
› ›
Enlazado como:Extracto
REAL DECRETO 1952/1995, de 1 de Diciembre, por el que se determinan las autoridades competentes en materia de Transporte de Mercancias peligrosas y Se regula la Comision de Coordinacion de Dicho transporte.
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Afectaciones
DEROGA
- Orden de 14 de marzo de 1980 por la que se nombra autoridad competente sobre el acuerdo europeo para el transporte de mercancías peligrosas por carretera (adr) al Director General de Transportes terrestres.
- Orden de 8 de septiembre de 1983 por la que se modifica la composición del Pleno de la Comisión Interministerial de Coordinación del Transporte de Mercancías Peligrosas.
- Real Decreto 2619/1981, de 19 de junio, por el que se crea la Comisión Interministerial de Coordinación del Transporte de Mercancías Peligrosas y se determinan las competencias en la materia de los distintos Departamentos.
DEROGA PARCIALMENTE
- Real Decreto 1125/1991, de 22 de Julio, de reestructuración de la subsecretaría del Ministerio de Obras Públicas y Transportes. - Artículos : 8.5
DEROGADA por
Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículo 25
- REAL DECRETO 1173/1993, de 13 de Julio, de Reestructuracion de departamentos ministeriales.
- REAL DECRETO 1671/1993, de 24 de Septiembre, </strong>por el que<strong> se modifica la Estructura organica del Ministerio de Obras publicas, transportes y Medio ambiente.
- Real Decreto 1125/1991, de 22 de Julio, de reestructuración de la subsecretaría del Ministerio de Obras Públicas y Transportes. - Artículo 8
- Real Decreto 576/1991, de 21 de abril, </strong>por el que<strong> se establece la estructura orgánica básica del Ministerio de Obras Públicas y Transporte.