STS, 8 de Marzo de 1994
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Resumen
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Frases clave
“ la intervención del letrado no viene impuesta para los registros domiciliarios, ni por el art. 17,3 de la Constitución Española, ni en los Pactos Internacionales suscritos por Españ, ni por los preceptos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y queda limitada, con carácter obligatorio exclusivamente para las declaraciones prestadas por el imputado y a los reconocimientos de identidad de que sea objeto éste ”
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Extracto
STS, 8 de Marzo de 1994
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 3, 17, 24, 117
- Código Civil - Artículo 1253
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 2, 5, 248
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 1, 302, 343, 456, 569, 741, 849, 921
- STC 66/1989, 17 de Abril de 1989