STS, 8 de Marzo de 1994

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Resumen


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Frases clave


la intervención del letrado no viene impuesta para los registros domiciliarios, ni por el art. 17,3 de la Constitución Española, ni en los Pactos Internacionales suscritos por Españ, ni por los preceptos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y queda limitada, con carácter obligatorio exclusivamente para las declaraciones prestadas por el imputado y a los reconocimientos de identidad de que sea objeto éste

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Extracto


STS, 8 de Marzo de 1994

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