STS 469/2002, 19 de Marzo de 2002

Enlazado como:


Resumen


No longer available (Autolink)

Frases clave


La capacidad de culpabilidad y las circunstancias en que se desenvolvieron las declaraciones en la fase de investigación policial, no son elementos de hecho que corresponda valorar a los psicólogos, por lo que su dictamen sobre este punto era irrelevante e innecesario. La opinión sobre la capacidad para planificar la muerte, es también una tarea que corresponde al juzgador, ya que no se trataba de construir una circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, en cuyo caso sí hubiera sido pertinente el informe, sino decidir con arreglo a la pericia psicológica si los acusados eran o no los autores del hecho.

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


STS 469/2002, 19 de Marzo de 2002

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento