STS 843/2002, 13 de Mayo de 2002
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Resumen
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Frases clave
“ En conclusión, no existe prueba de descargo alguna, que permita establecer la producción de un disparo fortuito, solo meras conjeturas o suposiciones del recurrente, carentes de cualquier sustento probatorio, existiendo, por el contrario, prueba de cargo suficiente para acreditar la voluntariedad en la producción del mismo, derivada de la existencia de un dolo de muerte, que cabe inferir directamente, del arma empleada y de la zona del cuerpo en la que se efectúa el disparo. ”
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Extracto
STS 843/2002, 13 de Mayo de 2002
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Afectaciones
APLICA
- Constitución Española de 1978 - Artículos : 24.2
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos : 22.2 20 21.2 6 139
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos : 5.4
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 6, 20, 21, 22, 139
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículo 849