STS, 21 de Enero de 1997

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Resumen


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Frases clave


el derecho a la prueba no puede ser un derecho absoluto y sin límites y para interpretar con qué alcance ha de admitirse deberá tenerse en cuenta como criterio prioritario en qué medida puede conducir a una defensa eficaz del acusado y darle, a este fin, un carácter preferente a cualquier otro, pero debiendo admitirse también la corrección de denegar prueba cuando su práctica no conduzca a resultados para el proceso o sea desproporcionada para la finalidad perseguida

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Extracto


STS, 21 de Enero de 1997

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