STS 182/2000, 3 de Marzo de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ la aplicación por el Tribunal de instancia de la facultad de moderación del art. 1103 del Código Civil y de la doctrina del enriquecimiento sin causa, tiene la consecuencia de reducir la obligación de restitución del precio del traspaso que se hace pesar sobre los recurrentes, debiendo reintegrar, no la totalidad del precio, sino su mitad, a determinar en ejecución de sentencia; de ahí que la estimación del motivo tendría como efecto la agravación de las consecuencias económicas que establece la sentencia "a quo" al subsistir esa obligación de restitución pero referida, así, a la totalidad del precio; es decir se produciría una "reformatio in peius". ”
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Extracto
STS 182/2000, 3 de Marzo de 2000
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Documentos citados
- Ley de Arrendamientos Urbanos (Ley 29/1994, de 24 de noviembre) - Artículos 25, 26, 28
- Código Civil - Artículos 1100, 1103, 1108, 1253, 1255, 1299, 1300, 1301, 1303, 1445, 1692
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 1692, 1707, 1710, 1715