STS 1002/2000, November 07, 2000
Linked as:
Summary
No longer available (Autolink)
Key phrases
“ , la casación se da contra el fallo de la sentencia recurrida y no contra sus fundamentos jurídicos, salvo que alguno de estos haya sido el único determinante del referido fallo, no ocurriendo esto cuando el razonamiento jurídico a que se alude había sido utilizado únicamente como argumento ex abundantia u "obiter dictum". ”
See the full content of this document
Extract
STS 1002/2000, November 07, 2000
No longer available (Autolink)
See the full content of this document
This document cites
- Ley de Arrendamientos Rústicos Históricos (Ley 1/1992, de 10 de febrero) - Article 2
- Constitución Española de 1978 - Article 24
- Código Civil
- Ley de Arrendamientos Rústicos (Ley 83/1980, de 31 de diciembre) - Articles 21, 98, 99, 121, 131
- Ley 10/1992, de 30 de Abril, de medidas urgentes de reforma procesal.