STS 252/1997, 31 de Marzo de 1997

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Frases clave


Pues bien, como ya se ha dicho en esta Sala en la sentencia de 14 de diciembre de 1.992 que recoge otras dictadas con anterioridad, las cualidades de profesional de la agricultura que trataba de hacer valer el primer recurrente, se pueden catalogar como datos de un derecho personal o "intuito personae" y por lo tanto intrasmisibles tanto por actos "inter vivos" como por actos "mortis causa"; y además constituyen unas cualidades necesarias para el éxito de la pretensión de accesión a la propiedad esgrimida, y esas cualidades, que ya se han reseñdo y que, se vuelve a repetir, están plasmadas en el art. 16 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, no se pueden transmitir; dicho en otros términos, no pueden ser heredadas por el recurrente posterior, y es por lo que no se debe estimar la pretensión que trata de esgrimir, como posible heredero de su padre, que fue el recurrente casación de principio, y éllo, porque no ha podido demostrar, siendo lógico dado la fase del proceso en que nos encontramos, que él también reunía las cualidades especificadas en el tantas veces mencionado art. 16 de la Ley de Arrendamientos Rústicos.

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Extracto


STS 252/1997, 31 de Marzo de 1997

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