STS 485/1996, 17 de Junio de 1996
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Resumen
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Frases clave
“ , partiendo del elemental principio de que toda sociedad anónima, legalmente constituida e inscrita (como es el caso), tiene personalidad jurídica propia e independiente de la de sus diversos accionistas (artículo 7 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de Diciembre, coincidente con el artículo 6 de la vieja Ley de 17 de Julio de 1951), y teniendo en cuenta, por otro lado, que el proceso de que este recurso dimana tiene por objeto la resolución de un contrato de arrendamiento de local de negocio por supuesto traspaso ilegal del mismo, es evidente que, en un proceso de dicha naturaleza, solamente ha de ser demandado el arrendatario originario ”
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Extracto
STS 485/1996, 17 de Junio de 1996
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Documentos citados
- Código de Comercio (Real Decreto 22 de agosto de 1885) - Artículo 3
- Código Civil - Artículos 1218, 1225, 1226, 1253
- Ley de Sociedades Anónimas (Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre) - Artículo 7
- Ley de Arrendamientos Urbanos (Decreto 4104/1964, de 24 de diciembre 1964) - Artículo 149
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 609, 632, 1692, 1710, 1715