STS 245/1996, 28 de Marzo de 1996
Enlazado como:
Resumen
No longer available (Autolink)
Frases clave
“ La interpretación de la literalidad de los contratos, conforme al artículo 1281 del Código Civil se impone y resulta prioritaria en cuanto pone de manifiesto la intención y voluntad de sus otorgantes, de tal manera que no cabe la posibilidad de entrar en juego las demás reglas de hermenéutica, contenidas en los artículos siguientes, que vienen a funcionar con carácter subsidiario ”
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
STS 245/1996, 28 de Marzo de 1996
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados