STS, 18 de Noviembre de 2002

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Resumen


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Frases clave


La aceptación de las condiciones a que se subordinaba la concesión, requería ex post el otorgamiento de la misma y su publicación; y que ello era así lo revela la propia actitud de la recurrente, cuando dejó transcurrir los plazos señalados entre la aceptación y las solicitudes de otorgamiento del documento concesional, - bien es cierto que dice que se otorgue ese documento en cuanto están aceptadas las condiciones de forma definitiva -, pero, en definitiva, preciso para que la concesión quedase otorgada. La aceptación sólo podría generar una expectativa a su concesión, que pudiera estar fundada en el principio de confianza legítima, pero ello podría traducirse en otras consecuencias, pero no en la infracción del principio de seguridad jurídica.

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Extracto


STS, 18 de Noviembre de 2002

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