STS 109/2002, 1 de Febrero de 2002

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Resumen


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Frases clave


.El mantenimiento del ejercicio de la acción penal tras la práctica de las pruebas del plenario, aunque pudiera reputarse temerario, en modo alguno puede considerarse causa del desarrollo anterior del proceso. Es decir, los gastos del procedimiento hasta ese momento, no pueden ser imputados a ese comportamiento procesal posterior. La circunstancia de haber retirado la acusación la parte querellante, sólo habría ahorrado el trámite de los últimos informes y de la última palabra de la acusada, no los demás actos procesales anteriores

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Extracto


STS 109/2002, 1 de Febrero de 2002

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