STS 221/2008, 9 de Mayo de 2008
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Resumen
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Frases clave
“ el tipo objetivo de la distracción de dinero por el administrador requiere: (a) el otorgamiento de poderes para disponer de dinero del patrimonio administrado (la recepción del dinero puede tener lugar por cualquiera de las formas admitidas para traditio y puede ser conjunta con el otorgamiento de los poderes); (b) el exceso de esos poderes dando al dinero administrado una finalidad no autorizada. ”
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Extracto
STS 221/2008, 9 de Mayo de 2008
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 249, 250, 252
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 5, 248
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículo 849
- STS 841/2006, 17 de Julio de 2006