STS 1965/2000, 15 de Diciembre de 2000

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Frases clave


los documentos citados no acreditan por sí mismos error alguno del Tribunal sentenciador pues documentan operaciones jurídicas distintas que no excluyen que la apropiación, tal y como se declara probada en la sentencia, haya tenido lugar. En segundo lugar es claro que el Tribunal sentenciador dispuso de otros elementos de prueba (testificales y documentales) de los que se deduce la apropiación declarada acreditada, que ha valorado racionalmente y con inmediación.

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Extracto


STS 1965/2000, 15 de Diciembre de 2000

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