STS, 12 de Diciembre de 1995

Enlazado como:


Resumen


No longer available (Autolink)

Frases clave


La aplicación que se pretende en el motivo del artículo 16 del Código Penal (que no el 14 que, con evidente error, se dice) requiere como elemento diferenciador de la autoría que la actividad desarrollada por el acusado en la comisión del delito, temporalmente anterior o simultánea no tuviera el carácter de necesaria para que se hubiera efectuado, siendo tan solo una aportación o cooperación accesoria a un hecho delictivo ajeno, que, aún sin la aportación del cómplice se hubiera realizado

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


STS, 12 de Diciembre de 1995

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento