STS, December 31, 2001
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“ Planteadas así las cosas, acceder a la casación que se nos pide. supondría corregir la interpretación que la Sala de Barcelona ha hecho del artículo 120.3 del Texto autonómico para declarar, en su lugar, que las referencias de lo que la sentencia denomina segundo supuesto (es decir: las de cesión para calles y viales) comprende también los casos de cesión obligatoria y adquisición gratuita de viales que constituyan sistemas generales como es, en el caso, la Avenida Diagonal. No estaríamos corrigiendo un error en la aplicación indebida del Derecho estatal sino, en el caso de que se haya cometido, un error en la interpretación del Derecho autonómico que, según el citado artículo 96.2 de la LJCA, está excluido del conocimiento de este Tribunal. ”
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STS, December 31, 2001
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This document cites
- Constitución Española de 1978 - Articles 9, 148
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Articles 93, 95, 96, 102
- Código Civil - Article 2
- Estatuto de Autonomía de Cataluña (Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre) - Article 9
- Reglamento de Gestión Urbanística (Real Decreto 3288/1978, de 25 de Agosto) - Article 36