ORDEN FORAL 246/2014, de 18 de julio, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se modifica la Orden Foral 46/2014, de 25 de febrero, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se regula el aporte de alimento para determinadas especies de la fauna silvestre con subproductos animales no destinados al consumo humano, el funcionamiento de los muladares de la Comunidad Foral de Navarra, se establece la zona de protección para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario y se dictan normas para su funcionamiento.
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ORDEN FORAL 246/2014, de 18 de julio, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se modifica la Orden Foral 46/2014, de 25 de febrero, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se regula el aporte de alimento para determinadas especies de la fauna silvestre con subproductos animales no destinados al consumo humano, el funcionamiento de los muladares de la Comunidad Foral de Navarra, se establece la zona de protección para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario y se dictan normas para su funcionamiento.
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MODIFICA
- ORDEN FORAL 46/2014, de 25 de febrero, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se regula el aporte de alimento para determinadas especies de la fauna silvestre con subproductos animales no destinados a consumo humano, el funcionamiento de los muladares de la Comunidad Foral de Navarra, se establece la zona de protección para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario y se dictan normas para su funcionamiento. - Artículos : 19
AÑADE
- ORDEN FORAL 46/2014, de 25 de febrero, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se regula el aporte de alimento para determinadas especies de la fauna silvestre con subproductos animales no destinados a consumo humano, el funcionamiento de los muladares de la Comunidad Foral de Navarra, se establece la zona de protección para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario y se dictan normas para su funcionamiento. - Artículos : anexo VII
Documentos citados
- Ley del Gobierno de Navarra y de su Presidente (Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre) - Artículo 41
- 46/2014 FORU AGINDUA, otsailaren 25ekoa, Landa Garapeneko, Ingurumeneko eta Toki Administrazioko kontseilariak emana, basa faunaren zenbait espezie gizakiek jateko ez diren animalien azpiproduktuekin elikatzea eta Nafarroako Foru Komunitateko hegaztientzako bazkalekuen funtzionamendua arautu, Europar Batasuneko intereseko espezie nekrofagoak elikatzeko babes eremua ezarri eta funtzionamendurako arauak zehazten dituena.
- ORDEN FORAL 46/2014, de 25 de febrero, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, </strong>por la que<strong> se regula el aporte de alimento para determinadas especies de la fauna silvestre con subproductos animales no destinados a consumo humano, el funcionamiento de los muladares de la Comunidad Foral de Navarra, se establece la zona de protección para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario y se dictan normas para su funcionamiento. - Artículo 19