STS, 2 de Febrero de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ El recurrente no hizo una aportación positiva de reconocimiento de la norma, sino simplemente de reconocimiento de una situación evidente que ya había sido, por lo demás, descubierta o que, en todo caso, ya no podía ocultar. No hubo, en consecuencia un actus contrarius que opere como compensación parcial del disvalor del delito cometido, dado que, cuando admitió que transportaba droga en su coche el acusado había sido detenido por la policía, no podía escapar y tampoco podía ocultar ya a la fuerza pública la comisión del hecho punible. Dicho de otra manera, el recurrente no hizo ninguna aportación que favoreciera el desarrollo del proceso y la ratificación de la norma por la pena, pues en ese momento la policía, con o sin sus manifestaciones, ya disponía de todos los elementos de prueba que eran necesarios para incoar la causa y, posteriormente, para condenar al recurrente. ”
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Extracto
STS, 2 de Febrero de 2001
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 9, 21, 61, 66, 344, 376
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 1, 849