STS, 23 de Marzo de 2001

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Frases clave


La Sala de instancia aceptó el documento y considerándolo verdadero , no solo en su autenticidad formal, sino tambien en su contenido, vino a declarar temporánea aquella impugnación del acto lesivo, haciendo una interpretación "pro actione" del plazo para recurrir, a partir de la valoración probatoria de aquel, que no es posible revisar en este recurso extraordinario, ni siquiera sería admisible en casación.

Tampoco cabe aventurar que la Sala de instancia fuera engañada o confundida hasta el extremo de torcer su recta intención , que es lo que constituye la maquinación fraudulenta, pues el Tribunal tuvo ocasión de examinar el documento en cuestión y razonó en los fundamentos sobre la verosimilitud de su contenido, después de incorporarlo a los autos, como prueba documental, en diligencia para mejor proveer, todo lo cual excluye la idea de sorpresa, irreflexión o error.

Extracto


STS, 23 de Marzo de 2001

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