STS 1141/2004, 23 de Noviembre de 2004

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Resumen


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Frases clave


No constituía óbice alguno a la validez de la carga hipotecaria que pesaba sobre la finca NUM000 la circunstancia de que la sociedad constituyente de la misma hubiera dejado de ser su propietaria y de que existiese un nuevo titular registral del predio, pues, como señalan los artículos 1876 del Código Civil y 104 de la Ley Hipotecaria (precisamente es este último el que la recurrente cita como infringido) la hipoteca sujeta directa e inmediatamente los bienes sobre que se impone al cumplimiento de la obligación que garantiza, cualquiera que sea el poseedor de los mismos.

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Extracto


STS 1141/2004, 23 de Noviembre de 2004

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