STS 114/2002, 30 de Enero de 2002
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Resumen
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Frases clave
“ El hecho de que la víctima hubiese mantenido relaciones con un joven años después de las agresiones sufridas de su padre en modo alguno contradice la realidad de estas últimas. ”
“ no constituyen documentos, a estos efectos casacionales, en cuanto se trata de pruebas personales que no pierden dicho carácter por el hecho de aparecer documentadas en las actuaciones, con la única excepción de que la prueba pericial sea única e inequívoca y el Tribunal sentenciador la haya incorporado de modo incompleto o fragmentariamente o que tratándose de varios dictámenes coincidentes la Audiencia ha llegado a conclusiones divergentes con las de los citados informes o, incluso, diametralmente opuestas o contrarias a lo expuesto por los peritos. ”
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Extracto
STS 114/2002, 30 de Enero de 2002
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Afectaciones
APLICA
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Reglamento Penitenciario (Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero)
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículo 849
- STC 220/1998, 16 de Noviembre de 1998