STS 914/2000, 30 de Mayo de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ de forma que desde esta perspectiva debe alcanzar también a casos como el planteado cuando la tutela judicial no conlleva la eficacia propia de la pretensión deducida o el derecho a las garantías procesales no obtiene efectividad mediante la incorporación al mismo de las pruebas tenidas por pertinentes por el Tribunal. Por otra parte, corresponde a éste, verdadero deber procesal positivo, alcanzar la efectividad y ejecución de lo resuelto mediante las actuaciones pertinentes, y así el artículo 660 LECrim citado establece que el Tribunal mandará expedir los exhortos o mandamientos necesarios para la citación de los peritos y testigos que la parte hubiese designado, debiendo incluirse indudablemente los despachos pertinentes cuando se trate de la prueba documental, huérfana, por otra parte, de regulación legal en LECrim. ”
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Extracto
STS 914/2000, 30 de Mayo de 2000
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