STS 117/2002, 31 de Enero de 2002

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Frases clave


Cuando se trata de una atenuación o de otra cuestión jurídica, que pueda favorecer al reo, si indirectamente ha sido tratada en el juicio oral, y de los hechos probados de la sentencia recurrida se deduce la existencia de base suficiente para estimarla, sería prudente hacerlo en atención a principios elementales, como pueden ser el de tutela judicial efectiva, y el de evitación de dilaciones indebidas o el de prevalencia de la verdad material, base de la realización de la justicia, principio básico, de nuestro ordenamiento constitucional.

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STS 117/2002, 31 de Enero de 2002

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