STS 1139/1997, 23 de Septiembre de 1997

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Frases clave


La doctrina jurisprudencia de esta Sala (Ss. 1578/94 de 17.9, 1731/94 de 3.10, 1041/95 de 25.10, 673/96 de 11.10, 556/96 de 22.7, 403/97 de 23.3, y 603/97 de 31.3), ha estimado que la importante debilitación de las facultades volitivas y de la capacidad de autoregulación originadas por un consumo arraigado y continuado de drogas tan destructivas como la heroína y la cocaína, debe traducirse en una eximente incompleta de la responsabilidad penal respecto a los hechos delictivos cometidos por el que padece tal severa toxifrenia.

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Extracto


STS 1139/1997, 23 de Septiembre de 1997

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