STS, 25 de Enero de 2002
Enlazado como:
Frases clave
“ En consecuencia, la aplicación del porcentaje de la desgravación , que por la fecha del referido contrato de construcción corresponda, ha de referirse -como acertadamente resolvió el auto recurrido- a todo el valor del buque , con exclusión de aquellas partidas que hayan estado exentas de imposición indirecta o hayan podido ya ser desgravadas, por haber sido sometidas al IVA después de la implantación de este tributo, pero sin que pueda presumirse -como pretende la Administración- que a partir de la fecha de su entrada en vigor todos los costes de construcción del buque queden excluidas del beneficio. ”
Extracto
STS, 25 de Enero de 2002
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Afectaciones
APLICA
Documentos citados
- Real Decreto por el cual se regula el Procedimiento para la Realización de Devoluciones de Ingresos Indebidos de Naturaleza Tributaria (Real Decreto 1163/1990, de 21 de septiembre) - Artículo 2
- Ley de Derechos y Garantías de los Contribuyentes (Ley 1/1998, de 26 de febrero) - Artículo 10
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículos 95, 102
- Ley de Bases sobre Procedimiento Económico-Administrativo (Ley 39/1980, de 5 de julio)
- Ley General Presupuestaria (Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre) - Artículo 45