Real Decreto-Ley 6/1988, de 29 de Diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes sobre Tributacion de la Familia en el Impuesto sobre la Renta de las Personas fisicas y En el Impuesto extraordinario sobre el Patrimonio de las Personas fisicas.
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Real Decreto-Ley 6/1988, de 29 de Diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes sobre Tributacion de la Familia en el Impuesto sobre la Renta de las Personas fisicas y En el Impuesto extraordinario sobre el Patrimonio de las Personas fisicas.
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Afectaciones
MODIFICA
- Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Ley 50/1977, de 14 de noviembre, sobre medidas urgentes de reforma fiscal.
CONVALIDADA por
SUSTITUIDA PARCIALMENTE por
- Orden de 31 de julio de 1991 por la que se da cumplimiento a lo prevenido en la disposición adicional primera de la Ley 17/1991, de 27 de mayo, de Medidas Fiscales Urgentes, (Deducción variable en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.)
- Orden de 29 de noviembre de 1990 por la que se da cumplimiento a lo prevenido en la disposición adicional tercera de la Ley 5/1990, de 29 de junio, sobre medidas en materia presupuestaria, financiera y tributaria. (Deducción variable en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 14, 18, 31, 39, 86
- Ley 48/1985, de 27 de Diciembre, de Reforma parcial del Impuesto sobre la Renta de las Personas fisicas.
- Ley 33/1987, de 23 de Diciembre, de Presupuestos generales del Estado para 1988. - Artículo 91
- Ley 50/1977, de 14 de noviembre, sobre medidas urgentes de reforma fiscal.