STS, 14 de Mayo de 2002
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Resumen
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Frases clave
“ Es menester aclarar que la elevación al integro, propia del "pacto de pago de las utilidades libres de impuesto", procede no sólo cuando existe obligación de retener, sino también cuando la sociedad pagadora, residente en España, actúa como simple representante de la sociedad perceptora residente en el extranjero, a la que le paga el rendimiento "ex post" impuestos o neto de impuestos, pactado, que era el régimen previsto y regulado en el apartado 2, del artículo 23 de la Ley 61/1978. ”
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Extracto
STS, 14 de Mayo de 2002
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Documentos citados
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículos 27, 95
- Ley General Tributaria (Ley 230/1963, de 28 de diciembre) - Artículo 36
- Ley sobre la Renta de no Residentes y Normas Tributarias (Ley 41/1998, de 9 de diciembre)
- Ley del Impuesto sobre Sociedades (Ley 43/1995, de 27 de diciembre)
- Ley 61/1978, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades. - Artículos 4, 6, 7, 10, 23, 32