STS 398/2002, 25 de Abril de 2002

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Frases clave


la L.S.A., que establece que responderán solidariamente los administradores, de las deudas sociales, cuando incumplan la obligación de convocar en el plazo de dos meses, la junta general, para que se adopte, en su caso, el acuerdo de disolución, por concurrir la causa 4ª del art. 260 de la citada ley. Causa, que puede considerarse suficiente por si sola, para hacer efectiva la responsabilidad reclamada en el juicio del que dimana el presente recurso

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Extracto


STS 398/2002, 25 de Abril de 2002

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