STS 285/2008, 17 de Abril de 2008

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Frases clave


en lo que atañe a Autobuses Palomera, S.A. no puede esta Sala acoger el motivo casacional, pues su mala fe en la transmisión no está demostrada, ya que la presunción en favor de la buena fe no ha sido rebatida por la recurrente de forma convincente, sólo se basa en presunto conocimiento de toda la trama interna societaria en base a ser una empresa de transportes, que opera en una ciudad pequeña como Santander.

Extracto


STS 285/2008, 17 de Abril de 2008

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