STS, 28 de Junio de 2001

Enlazado como:


Resumen


No longer available (Autolink)

Frases clave


Se alega infracción de los artículos 433, 434 y 455, y artículo 1253 del Código civil y se refiere al pago de los frutos, diciendo que la sentencia de instancia le condena al pago de los frutos. No es así. La demanda, en su hecho, sexto, apartado 2, se refiere a los frutos; en el suplico nada se reclama sobre ellos en ninguno de sus cuatro apartados. La sentencia de primera instancia hace un detallado análisis de los frutos o rentas en el largo párrafo penúltimo del fundamento segundo, pero en el fallo nada se dice sobre ello ni se condena a su pago, al demandado.

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


STS, 28 de Junio de 2001

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento