STS, 24 de Septiembre de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ el Tribunal a quo anuda el daño alegado -y probado- por los reclamantes por la resolución de sus contratos laborales e impago de sus salarios en la empresa donde como profesores titulares de formación profesional desempeñaban sus servicios, al incumplimiento por parte de la Administración del auto de tres de noviembre de mil novecientos noventa y dos que declaraba la suspensión de la Orden ministerial de veintitrés de julio de mil novecientos noventa y dos, y la posterior escolarización por la Administración de los alumnos de CEUSA en otros centros. ”
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Extracto
STS, 24 de Septiembre de 2001
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Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículo 139
- Constitución Española de 1978 - Artículos 27, 106
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículos 95, 102
- Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial (Real Decreto 429/1993, de 26 de Marzo)