STS, 24 de Septiembre de 2001

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Resumen


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Frases clave


el Tribunal a quo anuda el daño alegado -y probado- por los reclamantes por la resolución de sus contratos laborales e impago de sus salarios en la empresa donde como profesores titulares de formación profesional desempeñaban sus servicios, al incumplimiento por parte de la Administración del auto de tres de noviembre de mil novecientos noventa y dos que declaraba la suspensión de la Orden ministerial de veintitrés de julio de mil novecientos noventa y dos, y la posterior escolarización por la Administración de los alumnos de CEUSA en otros centros.

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Extracto


STS, 24 de Septiembre de 2001

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