Orden de 9 de Julio de 1985 por la que se adapta la contabilidad de Gastos públicos del Ministerio de Defensa a la nueva Estructura presupuestaria.
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Orden de 9 de Julio de 1985 por la que se adapta la contabilidad de Gastos públicos del Ministerio de Defensa a la nueva Estructura presupuestaria.
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Afectaciones
DEROGA
DEROGADA SI CONTRADICE por
- Orden de 31 de marzo de 1986 por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad de los Centros Gestores del Presupuesto de Gastos del Estado.
- Orden de 16 de diciembre de 1986 por la que se regula la operatoria y tramitación a seguir en la ejecución de Presupuesto de Gastos del Estado.
CORREGIDA por
Documentos citados
- Real Decreto 313/1979, de 13 de febrero, </strong>por el que<strong> se deroga el Decreto 3564/1963, de 26 de diciembre, y se establece la mecanización de la Contabilidad de Gastos Públicos en el Departamento de Defensa con el empleo de equipos de proceso de datos.
- Decreto 680/1974, de 28 de febrero, </strong>por el que<strong> se dispone el pago de haberes y retribuciones al personal en activo de la Administración del Estado y de los Organismos Autónomos a través de establecimientos bancarios o Cajas de Ahorro.
- Ley 44/1983, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1984. - Artículo 48
- Ley 44/1982, de 7 de julio, sobre dotaciones presupuestarias para inversiones y sostenimiento de las Fuerzas Armadas. - Artículo 2