STS 1961/1998, 31 de Marzo de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ En el caso presente consta en los Hechos de la resolución impugnada que las anteriores sentencias datan de los años 1991, 1992 y 1993, habiéndose acordado su acumulación en autos de 29 de junio de 1995 y 26 de octubre de 1996. Y que el hecho, quebrantamiento de condena, que ha dado lugar a la imposición de la pena que se pretende refundir se cometió el 26 de diciembre de 1996, fecha posterior a la de las anteriores sentencias, por lo que no cabe tal acumulación. ”
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Extracto
STS 1961/1998, 31 de Marzo de 2000
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Afectaciones
APLICA
- Constitución Española de 1978 - Artículos : 15 25.2
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos : 70.2 76
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 15, 25
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 70, 76
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 849, 857