STS, 3 de Abril de 2001

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Frases clave


la Jurisprudencia de esta Sala ha entendido que se vulnera el derecho de defensa cuando se omite el traslado del procedimiento al condenado y su asistencia Letrada, que deberá propiciarse de oficio a falta de designación particular. La sentencia mencionada en primer lugar, con cita de las precedentes de 18/11/96 y 28/04/98, sostiene que en casos como el presente "se han vulnerado los derechos de defensa reconocidos al interesado por el artículo 24 C.E.". También la citada de 15/04/99 señala que el supuesto aquí planteado equivale a prescindir totalmente de las normas esenciales del procedimiento ex artículo 238.3 L.O.P.J.

Extracto


STS, 3 de Abril de 2001

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