Acto Legislativo número 01 de 2017, por medio del cual se crea un título de disposiciones transitorias de la Constitución para la terminación del conflicto armado y la construcción de una paz estable y duradera y se dictan otras disposiciones

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Acto Legislativo número 01 de 2017, por medio del cual se crea un título de disposiciones transitorias de la Constitución para la terminación del conflicto armado y la construcción de una paz estable y duradera y se dictan otras disposiciones

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Afectaciones


ADICIONA

DECLARADA EXEQUIBLE por

DECLARADA INEXEQUIBLE por

  • Sentencia de Constitucionalidad nº 674/17 de Corte Constitucional, 14 de Noviembre de 2017 -- expresión "remisión que se efectuará en el momento que se considere adecuado por la JEP, después de haber realizado las verificaciones pertinentes", contenida en el parágrafo 1º del artículo transitorio 5º del artículo 1º, "Cuando se requiera la intervención de los juristas extranjeros, éstos participarán en los debates de la Sección en la que se hubiera requerido su intervención, en las mismas condiciones que los magistrados, pero sin derecho de voto", contenida en el inciso 2º del artículo transitorio 7º del artículo 1º, "Cuando se requiera la intervención de los juristas extranjeros, éstos participarán en los debates de la S. en la que se hubiera requerido su intervención, en las mismas condiciones que los magistrados, pero sin derecho de voto", contenida en el inciso 3º del artículo transitorio 7º del artículo 1º,"de conformidad con las siguientes reglas:", contenida en el inciso 3º del artículo transitorio 8º del artículo 1º, inciso 5º del artículo transitorio 8º del artículo 1º, con excepción de la expresión "Las sentencias de revisión serán proferidas por la S. Plena de la Corte Constitucional", que se declara exequible, "a solicitud de alguno de los magistrados de la sección que conozca del caso" y "que el magistrado establezca", contenidas en el inciso 2º del artículo transitorio 12 del artículo 1º y "Una comisión integrada por un magistrado de cada S. y un magistrado de cada Sección del Tribunal para la Paz que será elegida conforme al reglamento de la JEP, adoptará las medidas disciplinarias que correspondan conforme a la ley", contenida en el primer inciso del artículo transitorio 14 del artículo 1º - Artículos : 1.transitorio 5.inciso sexto 1.transitorio 5.parágrafo 1 1.transitorio 7.inciso 2 1.transitorio 7.inciso 3 1.transitorio 8.inciso 3 1.transitorio 8.inciso 4 1.transitorio 8.inciso 5 1.transitorio 9 1.transitorio 12.inciso 2 1.transitorio 14.inciso 1 1.transitorio 16.inciso 2 1.transitorio 16.inciso 3