STS, February 27, 1999
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“ los criterios utilizados son perfectamente aptos para modular el hecho imponible del impuesto sobre actividades económicas, es decir, del ejercicio de actividades profesionales, al tener en cuenta la ubicación de los lugares, domicilios o sedes en que se llevan a cabo, sus valores catastrales, la zona, la planta, ponderando las distintas actividades que se desarrollan en los lugares indicados e introduciendo un coeficiente ponderador de la estructura económica. ”
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STS, February 27, 1999
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This document cites
- Constitución Española de 1978 - Articles 9, 24, 103, 120
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Articles 80, 95, 102
- Código Civil - Article 1218
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio)
- Ley General Tributaria (Ley 230/1963, de 28 de diciembre) - Article 102