STS, 15 de Marzo de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº. 3 de A Coruña, formula declaraciones referidas a la práctica de diligencias en el procedimiento administrativo que anula y retrotrae por razón de caducidad y aunque, por hacerlo, pudiera llegarse a deducir que prescinde de la previa reclamación económico-administrativa en lo referente a la gestión censal, es lo cierto que ni lo hace ni se funda en los preceptos que ahora invoca la recurrente para combatir el fallo, por lo que no se da la adecuación del recurso al caso concreto resuelto en la Sentencia recurrida ”
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Extracto
STS, 15 de Marzo de 2001
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Documentos citados
- Ley de Derechos y Garantías de los Contribuyentes (Ley 1/1998, de 26 de febrero) - Artículo 34
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículo 100
- Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las haciendas locales. - Artículo 92