SAN, 21 de Enero de 2004
Enlazado como:
Resumen
No longer available (Autolink)
Frases clave
“ el Impuesto no viola el art. 31 CE, pues al gravar la titularidad de una situación económica (el ejercicio de una actividad empresarial), se infiere la existencia, in genere, de capacidad económica, existiendo vinculación directa entre tal manifestación de riqueza y la obligación tributaria. ”
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
SAN, 21 de Enero de 2004
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 31
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículo 131
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 248
- LEY 65/1997, de 30 de Diciembre, de Presupuestos generales del Estado para 1998.