STS 800/1997, 26 de Septiembre de 1997
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Frases clave
“ Ambos motivos han, pues, de perecer, pues de haberse resuelto de otra forma se hubieran vulnerado los artículos 1.968, 1.969 y 1.973, sin que se haya violado el 199, dado que la acción de incapacitación no tiene en sí valor interruptivo y su ejercicio no impedía en modo alguno los actos de interrupción, que pudieron solicitarse del Juez o ejercitarse por el guardador, tutor de hecho o titular de la patria potestad. ”
Extracto
STS 800/1997, 26 de Septiembre de 1997
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Documentos citados
- Código Civil - Artículos 171, 199, 1902, 1968, 1969, 1973
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 1692, 1715