STS 1049/1997, 22 de Noviembre de 1997
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Frases clave
“ Basta declarar probada la existencia de los daños relacionados como presupuesto ineludible para poder, inmediatamente después fijar la cantidad a que ascienden. ”
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Extracto
STS 1049/1997, 22 de Noviembre de 1997
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 2, 24
- Código Civil - Artículo 1591
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 267
- Ley sobre Propiedad Horizontal (Ley 49/1960, de 21 de julio) - Artículo 12
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 359, 360, 363, 408, 523, 566, 710, 1692, 1715