STS 777/1999, 28 de Septiembre de 1999

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Frases clave


respecto al artículo 1214 del Código civil éste plasma la doctrina del onus probandi que ha desarrollado doctrina y jurisprudencia y que indica qué parte debe sufrir las consecuencias de la falta de la prueba; la parte actora, si no prueba los hechos constitutivos de su pretensión, sufrirá las consecuencias de tal falta de prueba; esto es lo ocurrido en el presente caso: la parte actora no ha probado la identidad de la finca reivindicada y, en consecuencia, fracasa la acción reivindicatoria, en correcta aplicación del artículo 1214 del Código civil.

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Extracto


STS 777/1999, 28 de Septiembre de 1999

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