STS 646/1992, 27 de Junio de 1992

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Resumen


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Frases clave


habiendo considerado probado, tras la valoración de la prueba practicada en el proceso, como ya se ha dicho en el Fundamento jurídico quinto de esta resolución, que los demandados habían poseído de mala fe (lo que fue alegado por el actor, al afirmar que, no obstante hallarse él en la posesión quieta y pacífica de la franja de terreno, la misma fue labrada por los demandados, quienes la incorporaron a su parcela), cuyo hecho probado, como ya se ha dicho, ha de ser mantenido invariable en esta vía casacional, es evidente que la sentencia recurrida no ha incurrido en incongruencia alguna al resolver, como consecuencia lógica y legal de la estimación del pedimento principal (acción reivindicatoria) e implícitamente comprendido en el mismo, que los frutos pertenecen al actor.

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Extracto


STS 646/1992, 27 de Junio de 1992

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