STS, 8 de Abril de 2002
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Resumen
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Frases clave
“ la valoración casuistica de circunstancias individualizadas y variables en cada supuesto no es materia propia de la unificación de doctrina, particularmente en las apreciaciones sobre la existencia de fraude que se fundan en una valoración de intenciones ”
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Extracto
STS, 8 de Abril de 2002
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Documentos citados
- Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero)
- Constitución Española de 1978
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo)
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículos 217, 222, 226, 233
- Código Civil - Artículos 7, 1101, 1104, 1902