STS, 21 de Noviembre de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ Por otra parte, basta que el trabajador esté en alta en el momento del accidente para que acceda a la protección, aunque no lo esté en el momento posterior de manifestarse la secuela correspondiente; supuesto muy frecuente con la antigua invalidez provisional y que hoy puede producirse también por el artículo 131.bis.2 de la Ley General de la Seguridad Social ". ”
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Extracto
STS, 21 de Noviembre de 2000
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 9
- Ley del Contrato de Seguro (Ley 50/1980, de 8 de octubre) - Artículos 100, 104
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículos 217, 233
- Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, </strong>por el que se aprueba<strong> el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social - Artículos 126, 131, 201
- Reglamento sobre Colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social (Real Decreto 1993/1995, de 7 de Diciembre) - Artículo 63