STSJ Castilla-La Mancha , 28 de Marzo de 2005

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Frases clave


No procede por tanto admitir la pretensión deducida por la recurrente en el motivo en cuanto a la minoración del recargo por compensación de culpas, ni en lo referente a la pretendida suficiencia de una barandilla, por las razones expuestas, ni tampoco respecto de la participación del trabajador en el accidente al haberse producido cuando se encontraba ayudando a otra empresa presente en la obra, porque se trata de una afirmación de la recurrente totalmente gratuita, en cuanto nada consta al respecto en los hechos probados de la sentencia recurrida, que han quedado inalterados al no prosperar la revisión fáctica propuesta por el recurrente referida al motivo tercero del recurso. Tampoco la doctrina jurisprudencial alegada y aportada por la recurrente puede ser atendida, en cuanto se trata de dos resoluciones judiciales que no conforman jurisprudencia, pues proceden de Tribunales Superiores de Justicia, careciendo por tanto de valor vinculante para esta Sala, además de que entre las mismas falta la debida semejanza.

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Extracto


STSJ Castilla-La Mancha , 28 de Marzo de 2005

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