STS, 13 de Mayo de 1997

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Resumen


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Frases clave


El recurso de casación es eminentemente formal, como corresponde a su carácter extraordinario, y en él sólo deben debatirse las cuestiones correctamente planteadas, pues así lo exige también el respeto a las otras partes y a su confianza en el cumplimiento de los requisitos legales inherentes, al menos de lege data, a este remedio procesal. Por lo demás, la documentación alegada carece de toda "literosuficiencia" --aun entendido este vocablo en sentido muy amplio-- para acreditar equivocación alguna del juzgador en su relato fáctico, tanto más cuanto que el propio artículo 849.2° admite la posibilidad de que el contenido del documento sea enervado por otros medios de prueba.

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Extracto


STS, 13 de Mayo de 1997

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