STS 920/2002, 24 de Mayo de 2002
Enlazado como:
Resumen
No longer available (Autolink)
Frases clave
“ Pero, como dice la Sentencia citada en último lugar, "por el mero hecho de que quien se define como objetor anuncie, al tiempo que rechaza el cumplimiento del servicio militar, que tampoco aceptará la prestación social sustitutoria, no queda integrado el delito previsto en el art. 604 Código Penal Por ello, según señala la Sentencia de 28 de febrero de 2000, no podemos ahora plantearnos la aplicación del art. 527 del Código penal, por ser un delito respecto del cual no se formuló acusación, sin perjuicio de que, incoado en su día el oportuno expediente de objeción de conciencia con asignación de destino, pueda integrarse dicho tipo penal si se dan los elementos normativos del mismo. ”
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
STS 920/2002, 24 de Mayo de 2002
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Afectaciones
APLICA
- Constitución Española de 1978 - Artículos : 30.3
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos : 604 527
Documentos citados