DECRETO SUPREMO, Nº 013-2021-EM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Disponen medidas sobre la información de los precios y unidades de medida de la comercialización de los combustibles y sobre los sistemas de quemado o procesamiento de gases de combustibles en las Plantas de Abastecimiento-DECRETO SUPREMO-Nº 013-2021-EM
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DECRETO SUPREMO, Nº 013-2021-EM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Disponen medidas sobre la información de los precios y unidades de medida de la comercialización de los combustibles y sobre los sistemas de quemado o procesamiento de gases de combustibles en las Plantas de Abastecimiento-DECRETO SUPREMO-Nº 013-2021-EM
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Afectaciones
MODIFICA
- 06 007-2003-EM - Encargan a OSINERG la publicación semanal de los precios referenciales de los combustibles derivados del petróleo - Artículos : 1
- 08 043-2005-EM - Disponen que agentes de la cadena de comercialización de combustibles derivados de hidrocarburos deben proveer información sobre sus precios de venta , así como su publicación a cargo de OSINERG - Artículos : 1
- Decreto Supremo Nº 045-2001-EM. Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos - Artículos : 13
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Documentos citados
- Constitución Política del Perú de 1993 - Artículo 118
- Ley Nº 28611, General del Ambiente
- Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos - Artículo 77
- Decreto Supremo Nº 030-98-EM, aprueban el Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y otros Productos Derivados de los Hidrocarburos - Artículos 1, 13, 84
- Decreto Supremo Nº 045-2001-EM. Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos - Artículo 13